El “Erbschein” o declaratoria judicial de herederos es el instrumento clásico para heredar en Alemania. Éste se encuentra regulado fundamentalmente en los artículos 2353 a 2370 del código civil alemán (“Bürgerliches Gesetzbuch”). Si se necesita arreglar una herencia en España de un ciudadano alemán las autoridades (Notarios y Registradores de la Propiedad), así como las entidades bancarias le van a exigir, probablemente, la presentación del “Erbschein”.
Según el código civil alemán, la declaratoria de herederos consiste en el auto judicial que un heredero, bien testamentario, si se otorgó testamento, o bien ab intestato cuando el causante no dejó testamento alguno, puede solicitar del Tribunal a efectos de dejar constancia de su calidad de heredero.
Es importante señalar que en el “Erbschein” solo queda constancia de la persona o personas instituidas herederas. En caso de que existan legados, éstos no quedaran reflejados en el dicho documento. Si el causante hubiese instituido albacea testamentario, éste será el único que aparezca mencionado en la declaratoria, puesto que será el único legitimado para administrar y arreglar la herencia del causante.
El “Erbschein” puede ser universal (“gemeinschaftlicher Erbschein” también conocido vulgarmente por “Welterbschein”), cuando se trata de una declaratoria de herederos que no prevé ninguna limitación geográfica. Éste es el documento que tradicionalmente exige tanto el Notario como el Registrador respectivamente para poder otorgar e inscribir las escrituras públicas de aceptación y adjudicación de herencia. Según las necesidades, existe la posibilidad de solicitar un “Erbschein” cuyos efectos se extenderán solo y exclusivamente a la República Federal Alemana, en caso, por ejemplo, de que el causante hubiese dispuesto de sus bienes testamentariamente en otro forma en otra jurisdicción. Igualmente, existe la posibilidad de solicitar un “Erbschein” parcial ( “Teilerbschein”), en el que quede de manifiesto solo parte de los herederos del causante. Otro caso típico es el “Erbschein” con efectos limitados (“beschränkter Erbschein”) al territorio de la República Federal Alemana en caso de nacionales extranjeros con bienes en el territorio nacional alemán. En estos casos, existe la posibilidad de solicitar del Tribunal competente un “Erbschein” basado en la legislación sucesoria del país de origen del fallecido, y que tendrá efectos tan solo frente a terceros (Entidades financieras, Registros de la Propiedad etc.) dentro de Alemania.
En caso de tener que solicitar un “Erbschein” con efectos en el extranjero, por ejemplo España, se recomienda solicitar un “gemeinschaftlicher Erbschein”.
El Tribunal o Juzgado competente ante el que solicitar la declaratoria de herederos “Erbschein” es el del último domicilio del causante, cuando éste haya fallecido residiendo en Alemania. En caso de ciudadanos alemanes que hayan fallecido teniendo su residencia en el extranjero y que hayan residido en dicho país durante al menos los últimos cinco años antes del fallecimiento, existe un Tribunal con competencia especial para conocer del asunto regulado en el artículo 73 párrafo 2 de la Ley de Juridiscción Voluntaria alemana (“ Gesetz über die Freiwillige Gerichtsbarkeit”).